7 errores del Modelo 200 que aún puedes evitar (plazo: 27 de julio)
Semana final de la campaña del Impuesto de Sociedades: el Modelo 200 del ejercicio 2025 vence el lunes 27 de julio. Y si querías domiciliar el pago, ese tren ya pasó (era el 22). Lo que queda de margen conviene usarlo bien: no para presentar rápido, sino para no presentar mal.
Estos son los siete errores que más devoluciones de la AEAT, complementarias y sustos de última hora generan, ordenados de más frecuente a más caro.
1. Aplicar el tipo antiguo siendo microempresa
El ejercicio 2025 es el primero con los tipos rebajados de la Ley 7/2024: si tu INCN del año anterior fue inferior a 1 millón, tributas al 21% hasta 50.000 € de base y 22% por el resto, no al 23% de años anteriores ni al 25% general. Y si facturas entre 1 y 10 millones (reducida dimensión), tu tipo es el 24%.
Software desactualizado y plantillas del año pasado son la causa típica. Comprueba tu cuota en 30 segundos con la calculadora del Impuesto de Sociedades.
2. Copiar el resultado contable sin ajustes
La base imponible no es el resultado contable. Los olvidos estrella:
- El propio gasto por Impuesto de Sociedades contabilizado: no deducible, se ajusta (+)
- Multas y sanciones: no deducibles
- Atenciones a clientes por encima del 1% del INCN: el exceso no deduce
- Deterioros y provisiones que fiscalmente no se admiten
Presentar “lo que dice el PyG” sin ajustes extracontables infla o desinfla la base, y ambas cosas acaban en requerimiento.
3. Compensar bases negativas sin papel que lo respalde
Las BINs de ejercicios anteriores reducen la base de hoy, pero la AEAT puede comprobarlas aunque vengan de ejercicios prescritos. Si compensas 60.000 € de pérdidas de 2019, necesitas poder reconstruir de dónde salieron. Compensar cifras “de memoria”, o las de una contabilidad que ya nadie sabe reproducir, es de los errores más caros a medio plazo.
4. Olvidar restar los pagos fraccionados
Los Modelos 202 que presentaste en abril, octubre y diciembre de 2025 son dinero ya ingresado a cuenta. Si no los restas en la liquidación final, pagas dos veces (y sí, la AEAT devolverá… dentro de unos meses). Comprueba también las retenciones soportadas (intereses bancarios, alquileres cobrados).
5. No presentar porque “la sociedad no tuvo actividad”
Obligación universal: inactiva, en pérdidas o recién constituida, el Modelo 200 se presenta igual. La declaración de una inactiva tarda minutos; la sanción por no presentarla es de las más absurdas que existen. Y las pérdidas de 2025 valen dinero: declaradas hoy, se compensan mañana.
6. Descuadres entre el 200, el 390 y las cuentas depositadas
La AEAT cruza tu Modelo 200 con el resumen anual de IVA, los 111/190 de retenciones y las cuentas del Registro Mercantil. Ventas del 200 ≠ ventas del 390 sin explicación (operaciones exentas, criterios de imputación) = carta casi segura. Un cuadre rápido de cifras gordas antes de presentar evita el 90% de los requerimientos.
7. Llegar al 27 con la contabilidad a medio cerrar
El error raíz del que nacen los otros seis. Amortizaciones sin contabilizar, facturas de diciembre sin registrar, la cuenta 555 con saldos misteriosos… El Modelo 200 presentado sobre una contabilidad provisional es una complementaria en diferido.
Si ya has presentado y detectas un error
- Ingresaste de menos → presenta complementaria cuanto antes: el recargo es del 1% + 1% por mes; a partir de 12 meses, 15% + intereses
- Ingresaste de más → autoliquidación rectificativa para recuperar la diferencia
Que el año que viene no haya semana de pánico
Todos estos errores comparten origen: contabilidad reconstruida a toda prisa en julio. Odiverse la lleva al día durante el ejercicio: cada factura genera su asiento, las amortizaciones se contabilizan solas, y el Modelo 200 se precalcula con tus datos reales, con el tipo correcto para tu tamaño de empresa. Revisas, confirmas, presentas. La guía completa de la campaña explica todo el proceso paso a paso.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo termina el plazo del Modelo 200 de 2025? El lunes 27 de julio de 2026 (el 25 cae en sábado). El plazo con domiciliación terminó el 22 de julio; desde entonces, pago con NRC.
¿Qué pasa si presento el Modelo 200 fuera de plazo? Sin requerimiento previo: recargo del 1% más 1% por cada mes completo de retraso (15% + intereses pasados 12 meses). Con requerimiento: sanción del 50% al 150% de la cuota.
¿Puedo corregir un Modelo 200 ya presentado? Sí: complementaria si ingresaste de menos, autoliquidación rectificativa si ingresaste de más.
¿Qué tipo aplico si mi empresa facturó 800.000 € en 2024? Como microempresa (INCN < 1M€), en el ejercicio 2025: 21% sobre los primeros 50.000 € de base imponible y 22% sobre el resto.
Última llamada
Quedan días. Repasa los siete puntos, calcula tu cuota y presenta con las cifras cuadradas. Y si quieres que la campaña de 2026 te encuentre con la contabilidad cerrada sola, prueba Odiverse gratis.
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