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Cómo facturar como autónomo en España en 2026: guía completa

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Odiverse
· · 9 min de lectura

Si eres autónomo en España, facturar correctamente es la diferencia entre dormir tranquilo y recibir una carta de Hacienda. Y en 2026 las reglas han cambiado más de lo que parece: el modelo 037 desapareció en febrero de 2025, VeriFactu ya tiene fechas definitivas para 2027, y la factura electrónica B2B obligatoria viene detrás con el desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece aprobado en marzo de 2026. Muchas guías que encuentras online siguen repitiendo información de 2023. Esta no. Aquí tienes todo lo que necesitas saber para facturar como autónomo en 2026: campos obligatorios, retenciones, IVA, factura simplificada, las fechas reales de VeriFactu y los errores concretos que te van a costar dinero si no los corriges.

Antes de emitir tu primera factura

No puedes facturar legalmente sin estar dado de alta. En 2026 necesitas dos registros simultáneos:

1. Hacienda: Modelo 036

El alta censal se hace exclusivamente con el modelo 036 desde febrero de 2025, cuando Hacienda eliminó definitivamente el modelo 037 simplificado. En el 036 declaras tu actividad económica, el epígrafe IAE correspondiente y tu régimen de IVA. Si necesitas ayuda con este trámite, tenemos una guía paso a paso del modelo 036.

2. Seguridad Social: RETA

Te das de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a través del portal Importass. Las fechas de alta en Hacienda y Seguridad Social deben coincidir: si no cuadran, te expones a requerimientos de ambos organismos.

Tarifa plana: si es tu primera vez como autónomo (o han pasado más de 2 años desde tu última baja), puedes acogerte a la tarifa plana de 80 euros al mes durante el primer año, independientemente de tus ingresos reales.

La cuota de autónomos en 2026 funciona con un sistema progresivo de 15 tramos por rendimientos netos reales: desde aproximadamente 200 euros al mes en el tramo más bajo hasta unos 590 euros en el más alto. El MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) sube al 0,9%. Puedes cambiar de tramo hasta 6 veces al año, y la Seguridad Social hace una regularización anual con tus datos fiscales reales.

Campos obligatorios de una factura

El Real Decreto 1619/2012 (artículo 6) establece los campos que debe incluir toda factura completa. Omitir cualquiera de ellos puede suponer que Hacienda considere la factura inválida y que tu cliente pierda el derecho a deducir el IVA.

CampoDetalle
Número y serieSecuencial, sin saltos. Puedes usar series distintas por actividad.
Fecha de expediciónDía en que emites la factura.
Nombre completo y NIF del emisorTu nombre fiscal y tu DNI/NIE.
Nombre completo y NIF del destinatarioObligatorio cuando el cliente es empresa o profesional.
Domicilio fiscal de ambas partesDirección completa del emisor y del receptor.
Descripción de los bienes o serviciosDetalle suficiente para identificar la operación.
Precio unitario sin IVAPrecio por unidad antes de impuestos.
Base imponibleSuma de los precios unitarios.
Tipo de IVA y cuotaPorcentaje aplicado (21%, 10% o 4%) y el importe resultante.
Retención de IRPFSi aplica: porcentaje y cantidad retenida.
Importe totalBase + IVA - retención IRPF.
Fecha de la operaciónSolo si es distinta de la fecha de expedición.

Conservación obligatoria: debes guardar las facturas emitidas y recibidas durante al menos 4 años a efectos de IRPF y 6 años a efectos mercantiles e IVA. No basta con guardarlas: deben estar localizables y legibles.

Retención de IRPF: cuándo, cuánto y a quién

La retención de IRPF es el anticipo que tu cliente ingresa a Hacienda en tu nombre. No aplica en todas las facturas. Depende de tu tipo de actividad y de quién es tu cliente.

SituaciónRetenciónNota
Actividad profesional (sección 2.ª o 3.ª IAE) facturando a empresa15%Caso estándar.
Autónomo nuevo (año de alta + 2 años siguientes) facturando a empresa7%Debes comunicarlo por escrito al cliente.
Actividad empresarial (sección 1.ª IAE)0%El IRPF se liquida vía pagos fraccionados (modelo 130).
Factura a particular (persona física no empresario)0%Los particulares no practican retenciones.

Un error frecuente: aplicar el 7% sin cumplir los requisitos o sin notificarlo al cliente. Hacienda puede reclamar la diferencia al pagador, y tu cliente no volverá a contratarte.

Factura simplificada vs. factura completa

La factura simplificada (lo que antes se llamaba “ticket”) tiene requisitos más ligeros, pero solo puedes emitirla en casos concretos.

Cuándo puedes emitir factura simplificada:

  • Operaciones de hasta 400 euros IVA incluido con carácter general.
  • Operaciones de hasta 3.000 euros IVA incluido en sectores autorizados: comercio minorista, hostelería, transporte de viajeros, peluquerías y centros de estética, tintorerías y lavanderías, aparcamientos, instalaciones deportivas y fotografía.

Cuándo NO puedes usar factura simplificada:

  • Entregas intracomunitarias de bienes.
  • Operaciones con inversión del sujeto pasivo.
  • Ventas a distancia.

Detalle importante: si tu cliente es empresa o profesional y quiere deducirse el IVA de una factura simplificada, la factura debe incluir obligatoriamente su NIF. Sin el NIF, no hay deducción posible, por mucho que el importe esté dentro del límite.

IVA: tipos y cómo aplicarlos

En 2026 se mantienen los tres tipos de IVA:

  • 21% (tipo general): la mayoría de servicios profesionales, consultoría, desarrollo, diseño, marketing.
  • 10% (tipo reducido): hostelería, transporte de viajeros, reformas de vivienda (con condiciones), alimentación elaborada.
  • 4% (tipo superreducido): pan, leche, frutas, verduras, libros, medicamentos, vivienda de protección oficial.

Si operas en recargo de equivalencia (obligatorio para comercio minorista persona física que no transforma el producto), tus proveedores te aplican un recargo adicional sobre el IVA (5,2% sobre tipo general, 1,4% sobre reducido, 0,5% sobre superreducido) y tú no presentas declaraciones de IVA, pero tampoco te deduces el IVA soportado.

El IVA se declara trimestralmente con el modelo 303. No presentarlo o presentarlo tarde tiene recargo automático del 1% por cada mes de retraso (sin requerimiento previo) y del 20% si media requerimiento de Hacienda.

VeriFactu y factura electrónica: qué viene

Hay mucha confusión con las fechas. Vamos a lo concreto.

VeriFactu

VeriFactu es el sistema de la AEAT para garantizar la integridad de las facturas mediante registros inalterables, códigos QR y comunicación en tiempo real con Hacienda. Las fechas definitivas son:

  • Sociedades (SL, SA…): obligatorio desde el 1 de enero de 2027.
  • Autónomos: obligatorio desde el 1 de julio de 2027.
  • En 2026: no es obligatorio, pero tu software de facturación debe estar adaptándose. Si tu herramienta actual no menciona VeriFactu en su roadmap, es momento de cambiar.

Cada factura VeriFactu incluye un hash encadenado con la anterior, un código QR verificable y se reporta a la AEAT automáticamente. No se puede modificar ni eliminar un registro sin dejar rastro. Si quieres entender el sistema en detalle, lee nuestra guía sobre VeriFactu.

Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)

El Real Decreto de desarrollo se aprobó el 24 de marzo de 2026. El calendario de implantación es escalonado:

  • Empresas con facturación superior a 8 millones de euros: obligatorio aproximadamente en julio de 2027.
  • Autónomos y empresas con facturación inferior a 8 millones: obligatorio aproximadamente en julio de 2028.

En 2026, la factura electrónica solo es obligatoria si facturas a la Administración Pública (vía FACe, obligatorio desde 2015). Para el resto de operaciones B2B, tienes margen, pero no demasiado.

Puedo facturar sin ser autónomo

Es la pregunta que todo el mundo hace. La respuesta corta: sí, pero con condiciones estrictas.

Lo que siempre es obligatorio: darte de alta en Hacienda con el modelo 036 y declarar la actividad. Sin excepciones.

Cuándo puedes no darte de alta en Seguridad Social (RETA): cuando la actividad es verdaderamente ocasional y no habitual. No hay una cifra legal exacta, pero la referencia que usan los tribunales es que tus ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional (aproximadamente 15.876 euros anuales en 2026) y que la actividad no sea recurrente ni tu medio de vida principal.

Los riesgos si te equivocas:

  • Sanción de la Seguridad Social: de 300 a 3.000 euros.
  • Recargo del 20% sobre las cuotas no pagadas desde que la actividad se considere habitual.
  • Responsabilidad por prestaciones no cubiertas (baja médica, accidente laboral).

No te la juegues por ahorrarte la cuota. Si facturas todos los meses, eres autónomo a todos los efectos.

Errores que te costarán dinero

Después de ver cientos de facturas de autónomos, estos son los errores que se repiten y lo que cuestan:

1. Saltos en la numeración: emitir la factura 23, luego la 25 y no tener la 24. Hacienda lo interpreta como factura oculta. Resultado: inspección y sanción de entre 150 y 6.000 euros por factura.

2. No incluir el domicilio fiscal: muchos autónomos ponen solo su nombre y NIF. Falta el domicilio. La factura es formalmente inválida y tu cliente no puede deducir el IVA.

3. Aplicar el 7% de IRPF sin comunicarlo al cliente: el tipo reducido para nuevos autónomos requiere comunicación escrita. Sin ella, tu cliente está obligado a retener el 15% y tú tendrás que reclamar la diferencia en tu declaración de la renta.

4. Emitir factura simplificada cuando no corresponde: si el importe supera los 400 euros (o 3.000 en sectores autorizados), necesitas factura completa. Una factura simplificada fuera de límite es como no haber facturado.

5. No conservar las facturas recibidas: guardas las que emites pero no las de tus proveedores. Sin factura de gasto, no hay deducción. Hacienda regulariza y pagas IVA e IRPF de más.

6. Confundir fecha de expedición y fecha de operación: si prestas un servicio en marzo y facturas en abril, la fecha de operación es marzo. Si solo pones la fecha de abril, estás declarando el IVA en el trimestre equivocado.

7. No emitir factura a particulares: que tu cliente sea un particular no te exime de emitir factura. Debes emitirla siempre, aunque sea simplificada. No hacerlo es infracción tributaria.

Para un análisis más detallado de errores de facturación y sus consecuencias, consulta nuestra guía de errores de facturación.

Cómo Odiverse te ayuda a facturar bien

Odiverse está diseñado para que no tengas que pensar en la normativa cada vez que emites una factura.

  • Numeración secuencial automática: el sistema asigna números correlativos sin saltos, con soporte para múltiples series por actividad.
  • Cálculo automático de IVA e IRPF: seleccionas el tipo de operación y Odiverse aplica los porcentajes correctos, incluyendo el 7% para nuevos autónomos si lo configuras.
  • Cadena de hash VeriFactu implementada: cada factura se registra con un hash encadenado inmutable. Cuando VeriFactu sea obligatorio en 2027, tu histórico ya estará preparado.
  • Generación de PDF profesional: facturas con todos los campos obligatorios del RD 1619/2012, listas para enviar.
  • Libro registro de facturas: emitidas y recibidas, exportable para tu gestor o para presentar ante Hacienda.
  • Presentación telemática en desarrollo: estamos trabajando en la conexión directa con la AEAT para que puedas presentar modelos sin salir de la plataforma.

Toda la funcionalidad de facturación está incluida desde el primer día, sin módulos adicionales ni costes ocultos.

Empieza a facturar correctamente

Si todavía facturas con Excel, Word o una plantilla descargada de internet, cada factura que emites es un riesgo. Prueba Odiverse gratis y comprueba cómo es facturar sin preocuparte por la normativa.

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